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  • El embargo en el proceso penal: Sus derechos y cómo reaccionar correctamente

Cuando la policía o el fiscal aparecen de repente en su puerta y se llevan sus pertenencias, suele haber una gran incertidumbre. Especialmente en las diligencias previas, las llamadas Confiscación Un momento de conmoción para muchos, acompañado de la sensación de estar indefensos a merced de otros. Pero, ¿qué significa exactamente esta medida? ¿Quién está autorizado a ordenarla, qué está permitido y qué no? ¿Y cómo hay que comportarse en una situación así?

Como experimentado bufete de abogados penalistas con oficinas en Bremen queremos ofrecerle una visión clara en este artículo. No se trata sólo de la base jurídica del decomiso, sino también de recomendaciones concretas de actuación, para que sepas qué hacer en caso de emergencia.

 

1 ¿Qué es una crisis epiléptica?

El ataque es un Medidas coercitivas en procedimientos penales y regulada en los artículos 94 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (StPO). Permite a las autoridades encargadas de la investigación poner objetos bajo custodia oficial, especialmente si se considera que son Pruebas o son necesarios para su posterior recogida.

Es importante señalar que, en muchos casos, antes de proceder a una confiscación formal se lleva a cabo una incautación. Sin embargo, si el interesado se niega a entregar los bienes voluntariamente o si cabe esperar un litigio posterior, la policía o la fiscalía recurrirán al decomiso.

👉 Nuestros consejosAunque la presión sea alta en esta situación, no entregue ningún objeto voluntariamente. La entrega voluntaria puede legitimar posteriormente incluso una medida realmente ilegal. Esto significa que pierde valiosas opciones de defensa.

 

2 ¿Cuándo está permitida la incautación?

No todas las medidas adoptadas por las autoridades de investigación son automáticamente legales. Para que una incautación pueda llevarse a cabo, deben cumplirse las siguientes condiciones Requisitos claros se cumplan:

  • Sospecha inicialDebe haber pruebas concretas de un delito (artículo 152 (2) del Código de Procedimiento Penal).

  • ProporcionalidadLa medida debe ser adecuada, necesaria y proporcionada. Debe existir un equilibrio entre la injerencia en los derechos fundamentales y el interés de la persecución penal.

En Bremen en particular -una ciudad con autoridades de investigación activas y una atención constante a las cuestiones de seguridad- vemos una y otra vez que este principio de proporcionalidad debe examinarse críticamente.

 

3. ¿qué se puede confiscar y qué no?

Como parte de una incautación, una amplia gama de artículos pueden ser transferidos a custodia oficial - por ejemplo:

  • medios o herramientas sospechosos de delito,

  • objetos personales como la ropa,

  • Documentos, notas, contratos,

  • dispositivos digitales (por ejemplo, teléfonos inteligentes, ordenadores portátiles, memorias USB),

  • contenidos almacenados, como correos electrónicos, historiales de chat o datos en la nube.

AtenciónLos datos sensibles también pueden ser incautados en determinadas circunstancias, por ejemplo, si la comunicación ya se ha completado y es proporcionada.

Sin embargo, no se podrá confiscar lo siguiente

  • Documentos presentados al Prohibición de confiscación (§ 97 StPO),

  • cualquier comunicación con los defensores,

  • Registros de personas sujetas al secreto profesional, como médicos, psicólogos u orientadores.

Estos mecanismos de protección sirven para salvaguardar la relación de confianza y evitar que se eluda sin autorización el derecho a negarse a declarar.

 

4 ¿Quién está autorizado a ordenar un embargo?

En principio, sólo Tribunales ordenar un embargo (artículo 98 (1) StPO). No obstante, existe una excepción importante: En caso de peligro inminente la fiscalía o la policía también pueden tomar medidas.

Sin embargo, también en este caso es aplicable lo siguiente: no todo „peligro inminente“ es jurídicamente defendible. Especialmente en el caso de medidas sensibles -como productos de prensa o envíos postales-, incluso en tales situaciones una decisión judicial es obligatoria necesario.

En la práctica -también aquí en Bremen- vemos a menudo que la policía habla de „peligro inminente“ sin justificación suficiente. En estos casos merece la pena un examen jurídico.

 

5 ¿Cómo debe reaccionar en caso de convulsión?

Si se lleva a cabo una incautación en sus instalaciones, mantenga la calma, por difícil que sea. Los siguientes pasos le ayudarán a garantizar sus derechos:

  • Pida ver el decisión judicial.

  • ¿No hay ninguno? Pregunte por el motivo del „peligro inminente“.

  • Entre en nada voluntariamente - Esto refuerza tu defensa.

  • Contradecir oponerse expresamente a la medida. Pida que quede constancia de la objeción.

  • Solicitar un Copia del protocolo o hazle una foto.

  • Póngase en contacto con nosotros contratar inmediatamente a un abogado defensor.

  • Visite No hay información al respecto. Debe tolerar la medida, nada más.

 

6 ¿Cuáles son las opciones legales?

Si la incautación fue iniciada por la policía o la fiscalía, debe ser confirmado por un tribunal en un plazo de tres días (Artículo 98 (2) del Código de Procedimiento Penal). También puede presentar esta solicitud usted mismo - o a través de su defensa.

Si ya se ha emitido una orden judicial, existe la posibilidad de un Denuncia con arreglo al artículo 304 del StPO. Como abogados penalistas, examinamos cuidadosamente si se cumplen los requisitos de la medida y si tiene sentido impugnarla.

 

Conclusión: Conozca sus derechos y actúe con prudencia

Un embargo puede parecer intimidatorio, pero está claramente regulado por la ley. Si conoce sus derechos, no entrega nada antes de tiempo y busca asesoramiento jurídico en una fase temprana, podrá defenderse eficazmente contra medidas ilegales. Ya sea en Bremen o en todo el país, estamos a su lado cuando la presión de las investigaciones y la incertidumbre son elevadas. Su defensa comienza con la reacción adecuada en el momento crucial.

 

Preguntas frecuentes sobre el decomiso

1 ¿Qué es un embargo en Derecho penal?
Una incautación es el aseguramiento obligatorio de objetos por parte de la policía o la fiscalía para preservar pruebas o para su confiscación.

2 ¿Quién está autorizado a ordenar un embargo?
Por regla general, sólo el tribunal. En casos urgentes („peligro inminente“), la policía o la fiscalía también pueden actuar - con control judicial.

3. ¿qué no se puede confiscar?
Objetos sujetos a la prohibición de decomiso: por ejemplo, las comunicaciones con abogados defensores o determinadas personas sujetas al secreto profesional.

4. ¿qué debo hacer en caso de convulsión?
Mantén la calma, no entregues nada voluntariamente, explica tu objeción, no hagas declaraciones... y busca ayuda legal rápidamente.

5 ¿Cuánto dura una crisis?
Termina con la conclusión del proceso penal, a menos que los objetos sean confiscados o destruidos.

Christian Odebrecht 
Abogado defensor

Björn Steveker 
Abogado especialista en Derecho laboral

Christian Odebrecht 
Abogado defensor

Björn Steveker 
Abogado especialista en Derecho laboral

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